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De la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, dependerán:

A. DIRECCIÓN GENERAL DE TIERRAS: Tendrá a su cargo el análisis de la problemática de tierras del Distrito, asesorando e informando de todas las novedades que en tal sentido se produzcan.

De la Dirección General de Tierras dependerá:

  • DIRECCIÓN DE TIERRAS: Tendrá a su cargo la realización de estudios y planes a los efectos de dar solución a las situaciones de tenencia y dominio que se presenten en el Distrito.
  • COORDINACIÓN LEGAL.

B. DIRECCION DE RELACIONES INSTITUCIONALES: Su función será dirigir el registro de Entidades de Bien Público del Partido en el orden social, cultural, deportivo, edilicio. Mantener la vinculación de la Municipalidad con las Instituciones de Bien Público refiriendo sus inquietudes, haciéndoles partícipes de los planes de trabajo de la Comuna. Promover la plena integración de la comunidad, fomentando la creación de entidades representativas en aquellos barrios y zonas que no cuenten con la misma.

De la Dirección de Relaciones Institucionales dependerá:

  • COORDINACION DE RELACIONES INSTITUCIONALES

C. DIRECCION DESPACHO GENERAL: Será su función la de intervenir en las relaciones del Gobierno Municipal con la Nación, la Provincia y otras Municipalidades. Llevará los registros de las Ordenanzas y Decretos, proyectará estos últimos y diligenciará las actuaciones administrativas, asesorará al Secretario y al Subsecretario de Coordinación en aquellos asuntos en que sea requerida su opinión. Confeccionará la Memoria Anual de la Municipalidad.

De la Dirección Despacho General dependerán:

A nivel Departamento:

  • DESPACHO
  • DECRETOS, ORDENANZAS Y RESOLUCIONES

A nivel División:

  • ADMINISTRATIVA
  • DIVISION ESTADISTICA E INFORMATICA

D. COORDINACION DE DEFENSA E INFORMACION AL CONSUMIDOR Y USUARIO: tendrá a su cargo implementar las facultades que delega la Ley Nacional Nº 24.240 (Defensa al Consumidor), en función del artículo 3º del Decreto Provincial Nº 306/03.

 
 

Serán sus funciones:

Planificar, coordinar y supervisar las actividades que hacen a la recaudación y fiscalización de los tributos municipales, proponiendo las medidas necesarias y planes de acción para su optimización según surja de los análisis de evaluación de resultados y a los efectos de combatir la evasión fiscal. Definirá procedimientos de actualización de datos catastrales y base de datos, mecanismos valuatorios con afectación al cobro de tasas, como así también la disponibilidad de toda la información municipal en tiempo y forma. Tendrá rango de Subsecretaría.

De esta agencia dependerá:

A. DIRECCION GENERAL DE INGRESOS MUNICIPALES: Formulará planes y acciones destinadas al incremento de la recaudación evitando evasiones al fisco municipal de cualquier orden, coordinando y supervisando que las evasiones mencionadas sean controladas por las Direcciones respectivas.

De la Dirección General de Ingresos Municipales dependerá:

DIRECCION DE RENTAS, de ésta dependerá

A nivel DEPARTAMENTO:

  • CONTRIBUCIONES INMOBILIARIAS
  • TASAS DE INDUSTRIA Y COMERCIO
  • DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA Y TRIBUTARIA

B. DIRECCION DE FISCALIZACION: Tendrá por función analizar en todos sus aspectos la recaudación de los tributos de jurisdicción municipal estableciendo pautas y controles necesarios para lograr la mayor eficiencia en el flujo de recursos, para ello podrá verificar los procedimiento utilizados y recomendar modificaciones en materia de organización interna, así como implementar controles y formular reclamos respecto de los contribuyentes obligados por las normas tributarias vigentes.

De la DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN dependerá:

A nivel DEPARTAMENTO

  • FISCALIZACION TRIBUTARIA

C. DIRECCION DE APREMIOS: Actuará judicial o extrajudicialmente, respecto de los contribuyentes morosos. Llevará adelante las ejecuciones fiscales, tanto de las tasas municipales, derechos, como las multas impuestas por los Tribunal de Faltas Municipal. Estará a cargo de un profesional con título de abogado.

 

 
 
Será su función la de atender la actividad económica y financiera de la Municipalidad, planificando la erogación de la misma.

De esta dependerán:

A. CONTADURIA GENERAL: Será su función dar cumplimiento a las disposiciones legales que regulan su actividad establecidas en la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Reglamento de Contabilidad y disposiciones de administración y demás normas legales de aplicación. En orden a las mismas, atenderá el Registro Contable y Patrimonial del movimiento de la Comuna y la fiscalización que específicamente determine las disposiciones antes mencionadas.

De la Contaduría General dependerán:

A nivel DIRECCION

  • SUBCONTADURIA

A nivel DEPARTAMENTO

    • CONTABILIDAD
    • CONTRALOR DE FONDOS

A nivel DIVISION

  • RENDICION DE CUENTAS Y ARCHIVO


B. TESORERIA GENERAL: Tendrá la función de percibir la totalidad de la recaudación municipal y efectuar depósitos bancarios y pagos correspondientes, cuyo conjunto configura e flujo de fondos del Municipio, además de las custodias de valores y el cumplimiento de la obligaciones emergentes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración y demás normas legales de aplicación.

De la TESORERIA GENERAL dependerán

A nivel DIRECCION

  • REGISTRACIONES
  • RECAUDACIONES

C. DIRECCION DE COMPRAS: Tendrá por función el diligenciamiento de los suministros que deban efectuarse con arreglo a las normas establecidas para la adquisición privada, el concurso de precios y las licitaciones públicas y privadas, como así también el Reglamento General de Contrataciones. Para ello contará en lo necesario, con el asesoramiento de las reparticiones técnicas.

De la DIRECCION DE COMPRAS dependerá

A nivel DEPARTAMENTO

  • CONTRATACIONES
  • SUMINISTROS

A nivel DIVISION

  • ALMACENES

D. DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN: Tendrá a cargo las funciones de gestión administrativa en los aspectos operacionales, relacionados con la liquidación de haberes, proveedores, contratistas, servicios de deuda y en general toda erogación autorizada por normas legales reglamentarias y presupuestarias de aplicación en el ejercicio, así como la gestión del servicio del patrimonio. Toda liquidación requerirá intervención previa y contabilizada por parte de la Contaduría General.

De la DIRECCION DE ADMINISTRACION dependerá

A nivel DEPARTAMENTO

  • SUELDOS
  • REGISTRACION PATRIMONIAL

A nivel DIVISION

  • LIQUIDACIONES


E. DIRECCION DE FINANZAS: Será su función la confección del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de cada ejercicio, preparará la Ordenanza Fiscal e Impositiva anual, así como los planes de recaudación y erogaciones que se requieran para la vigilancia y equilibrio presupuestario y el control de gestión en cuanto a planificación financiera.

De la DIRECCION DE FINANZAS dependerá a nivel DEPARTAMENTO:

  • PRESUPUESTO Y CONTROL PRESUPUESTARIO
  • REGISTRO DE DEUDORES

 

 
   
Municipalidad de Almirante Brown